Código deontológico de la enfermería española

Clase magistral de Luis de Miguel Ortega

Clase magistral de Luis de Miguel Ortega durante un encuentro de enfermeros en la Asociación Dulce Revolución. Un recordatorio al Código Deontológico de Enfermería Española, resaltando el:

Artículo 5
Consecuentemente (con la dignidad del ser humano) las Enfermeras/os deben proteger al paciente, mientras esté a su cuidado, de posibles tratos humillantes, degradantes, o de cualquier otro tipo de afrentas a su dignidad personal.

Incluso cuando estas situaciones las produce el gerente de nuestro Hospital, o el médico Jefe de nuestro servicio. Habla también del consentimiento informado. La enfermera está obligada a facilitar el consentimiento informado de los pacientes. No solo de las actuaciones de enfermería sino también de la de los médicos. El consentimiento informado requiere información previa, completa y variable. Y es obligatorio siempre.

Artículo 8
Cuando el enfermo no esté en condiciones físicas y psíquicas de prestar su consentimiento, la Enfermera/o tendrá que buscarlo a través de los familiares o allegados a éste.

Paciente y familiar son una unidad. Los familiares son guardadores de hecho.
Leeros el código deontológico porque es importante recuperar la dignidad de la profesión.

Publicado en Boletín, Control de la población, Coronavirus, Cursos - Talleres, Defensa Legal, En apoyo solidario, Falsas pandemias, Salud y enfermedad, SISTEMAS DE CONTROL
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